Jueves 29 de Julio de 2010
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ABC de los impuestos

¿Cómo debes pagar tus impuestos?

Declaraciones

Para pagar tus impuestos debes hacer dos tipos de declaraciones: anuales y provisionales para el Impuesto sobre la Renta (ISR) y el Impuesto al Activo (IMPAC), y sólo mensuales para el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) en su caso.

Para mayor información consulta el Calendario Fiscal

Declaraciones provisionales

Generalmente se hacen mensualmente y se presentan a más tardar el 17 del mes siguiente al que corresponde el pago, excepto en los siguientes casos:

  1. Los Pequeños Contribuyentes las presentan bimestralmente.

  2. Los arrendadores (sólo de casa habitación), las presentan trimestralmente.

  3. Las Personas Morales del sector primario (agrícola, ganadero, silvícola y de pesca) podrán hacerlo de manera semestral.

Las Personas Físicas las presentan por Internet o por ventanilla bancaria dependiendo del monto de sus ingresos.

Las Personas Morales las deben realizar siempre por
Internet.

Declaración anual

Las Personas Físicas por regla general deben presentar declaración en abril de cada año, excepto los Pequeños Contribuyentes y los Asalariados con ingresos inferiores a $300,000.00 al año, siempre que se trate de su único ingreso, no están obligados a presentarla.

Para saber más acerca de esta obligación y, en su caso, que te hagan el cálculo de tus impuestos, consulta:
www.impuestumcontadores.com , donde encontrarás profesionales dedicados a la contabilidad fiscal.

Las Personas Morales con fines de lucro deben presentarla por Internet durante el periodo de enero a marzo del siguiente año.

Conoce más...

Visita las siguientes secciones del ABC de los impuestos:

Elaborado con información de: www.sat.gob.mx

 

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