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2002-08-02
No pensé que la normatividad fiscal nos fuera a obligar a todos los contribuyentes a presentar declaraciones de impuestos a través de Internet tan rápidamente, tal vez un lapso de dos o tres años hubiera estado más de acuerdo con mi lógica, previamente dando oportunidad a todos los Contribuyentes Personas Físicas o Morales a que se fueran preparando para ese gran cambio. Sin embargo el cambio ya llegó y todas las Personas Morales tendrán que tributar vía Internet de manera obligatoria, así como las Personas Físicas, excepto aquellas cuyos ingresos por actividades empresariales hayan sido inferiores a un millón de pesos en el año de 2001 o bien sus ingresos por otras fuentes excepto salarios hayan sido superiores a trescientos mil pesos en el año 2001.
Pues bien, queramos o no, la normatividad fiscal nos ha obligado a usar el Internet. Por un lado es bueno ya que nos empuja al progreso y al desarrollo de nuestros tiempos, pero por otro lado, considerando que nuestro país no es del primer mundo, que somos un país en vías de desarrollo, el cambio es muy abrupto, porque a partir del mes de agosto todos tendremos que declarar vía Internet con excepción de los “contribuyentes con ingresos menores” mencionados en el párrafo anterior. Estos deberán presentar sus declaraciones vía la nueva Tarjeta Tributaria, esto es un plástico que contiene nuestros datos básicos ( RFC, CURP y nombre completo ), y que será utilizada por los Contribuyentes Personas Físicas con el fin de evitar errores de captura en el banco. Los Contribuyentes deberán llegar con el cajero(a), del banco y previamente con una “hoja de ayuda”, le indicarán al cajero(a), el impuesto y la cantidad van a pagar en efectivo o cheque y el cajero(a), les entregará un acuse de recibo.
El cambio también es para la autoridad fiscal, ya no podrá contar con cifras de “amarre” de las cantidades que se declaren, dado que los Contribuyentes indicarán únicamente los importes a cargo o a favor, pero no indicarán como se llegó a esa cifra, es decir no mencionarán cuanto fue el ingreso, el coeficiente de utilidad y por tanto la base de pago. Estos datos solo los podrá verificar la autoridad a través de revisión de gabinete o visita domiciliaria posterior.
Todos tenemos nuestra propia forma de hacer las cosas o coloquialmente hablando de matar las pulgas, y todo cambio trae complicaciones. Imaginemos al contribuyente Persona Moral, al que tradicionalmente el contador le presenta los papeles de trabajo correspondientes al periodo de la declaración. Ambos lo analizan y acuerdan presentar la declaración correspondiente. Pues bien a partir de agosto para presentar la información del mes de julio, existirá el papel de trabajo, pero ya no el formato (1-D1 y/o 1D), sino que la presentación será a través de Internet. Se va a requerir de una computadora, conocimientos de Windows, tener contratado un servicio de conexión a Internet , así como saber como navegar. Además se tendrá que contratar el servicio electrónico que ofrece el banco, la introducción de la información por el Contribuyente mismo o proporcionar la clave de acceso al contador para declarar ahora de manera mensual.
Volviendo al tema de la forma que tenemos todos de “matar las pulgas”, ¿qué pasará en los casos de contribuyentes que se encuentran en poblaciones rurales pequeñas en donde no existe acceso al Internet? Sabemos que el programa de E-México tiene contemplado instalar computadoras en poblaciones rurales, así como en las oficinas del SAT, pero mientras esto sucede ¿qué hacer?
Sin duda, algún día será más sencillo, pero hoy por hoy esto es todo un cambio, que significa mayor costo y gran confusión para el Contribuyente.
Considero necesario primero educar y capacitar, así como permitir un periodo para asimilar el cambio, ya que habrá quienes quieran pagar sus impuestos, pero que al no saber como hacerlo, se atrasen, causando como consecuencia una reducción en la recaudación.
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