| CADUCIDAD |
Es cuando se extinguen o terminan las facultades de las autoridades fiscales para determinar los impuestos omitidos y accesorios.
Es de importancia indicar que el plazo a que se refiere el artículo 67 del CFF>CFF, para un Contribuyente que no haya solicitado su registro federal de contribuyentes será de 10 años.
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| CAPITAL SOCIAL |
Recursos físicos y financieros que posee un ente económico, obtenidos mediante aportaciones de los socios o accionistas, según el tipo de sociedad, con el fin de obtener un soporte financiero. Se integra por acciones las cuales deben tener un valor nominal y que al ser multiplicadas forman el monto total de las aportaciones de los socios para la constitución de la sociedad. |
| CEDULA DEL RFC |
De acuerdo a lo señalado en el Articulo 27 del Código Fiscal de la Federación, “las personas morales y físicas que deban presentar declaraciones periódicas o que estén obligadas a expedir comprobantes por las actividades que realicen, deberán solicitar su inscripción en el RFC de la SHCP y proporcionar la información relacionada con su identidad, su domicilio y en general sobre su situación fiscal”. La SHCP realizara el registro del Contribuyente basándose en los datos proporcionados por el mismo en la Forma Fiscal R-1. De esta forma la Secretaria emitirá la clave que le corresponda al Contribuyente, siendo esta la Cédula de Identificación Fiscal, que le servirá para obtener comprobantes de las operaciones que realice de acuerdo a los requisitos señalados por la misma autoridad. |
| CERTIFICADO DIGITAL |
Todo mensaje de datos u otro registro que confirme el vínculo entre el firmante y los datos de creación de la Firma Electrónica. |
| CFF |
Código Fiscal de la Federación |
| CIEC |
Clave de Identificación Electrónica Confidencial que sirve para utilizar los servicios electrónicos del Servicio de Administración Tributaria. |
| CITATORIO |
Documento a través del cual se hace conocimiento al Contribuyente día y hora en que lo visitará un funcionario de la Secretaría de Hacienda, con el fin de realizar una diligencia de notificación del incumplimiento de una obligación, de acuerdo a lo señalado en los artículos 44 fracción II y 137 del Código Fiscal de la Federación. |
| CODIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN |
Ordenamiento jurídico de observancia federal que establece conceptos y procedimientos para la obtención de ingresos fiscales. Establece la forma en que se ejecutarán las resoluciones fiscales, los recursos administrativos, además de indicar el sistema que se deberá de seguir para resolver situaciones que se presenten ante el Tribunal Fiscal de la Federación. Regula además la aplicación de las leyes fiscales en caso de presentar alguna laguna o duplicidad en las mismas. |
| COEFICIENTE DE UTILIDAD |
Es el resultado de dividir la utilidad fiscal del año, entre los ingresos totales de la operación del mismo ejercicio. Sirve para determinar la utilidad base para realizar los pagos provisionales de ISR>ISR del ejercicio. |
| COMPENSACIÓN |
De acuerdo a lo señalado en los Artículos 22 y 23 del CFF>CFF, se entenderá como el derecho de realizar la aplicación de un saldo a favor de un pago efectuado anteriormente por el contribuyente contra el impuesto a cargo, en caso de existir. |
| COMPETENCIA |
Es la facultad conferida a una autoridad de acuerdo a la ley, para que realice una actuación específica, por ejemplo; el Tribunal Fiscal de la Federación es competente para emitir resoluciones en asuntos de impuestos y no serán de su competencia asuntos laborales, civiles, penales, etc. |
| COMPONENTE INFLACIONARIO. |
Es la inflación aplicada a los créditos (entre otros: inversiones en títulos de crédito, cuentas y documentos por cobrar) y deudas (entre otras: aportaciones para futuros aumentos de capital, pasivos). Para su obtención se encuentra en el artículo 7-B de la LISR>ISR |
| COMPROBANTES FISCALES |
Documento que comprueba una operación de acuerdo con lo establecido en los Artículos 29 y 29-A del CFF>CFF. |
| CONEXIDAD |
La conexidad obedece a la necesidad de impedir que para un solo asunto legitioso haya mas de un solo proceso, y su finalidad es de evitar que exista sentencias contradictorias sobre la misma controversia. Medios de defensa fiscal. El recurso administrativo. Luis Raúl Díaz González
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| CONTABILIDAD |
Es la técnica que establece las normas y procedimientos para registrar, clasificar, sumarizar, saldar e interpretar en términos monetarios las operaciones y eventos que repercuten en el patrimonio de las entidades. |