La instalación de la Procuraduría del Contribuyente no tendrá gran impacto para la sociedad mexicana, porque los grandes casos seguirán siendo atendidos por los principales despachos y la Ley del Contribuyente no sanciona a las autoridades por requerir de manera indebida a los causantes, señalaron fiscalistas consultados por Impuestum.com.
Sergio Santinelli, directivo de Santinelli y Asociados, señaló que la instalación de este organismo “será para atender principalmente los pequeños contribuyentes. Los grandes casos los seguirán atendiendo las grandes firmas. Pero, sin dudas representa un avance para las personas que no tienen acceso a servicios de defensoría fiscal.”
Por su parte, Carlos Cárdenas Guzmán, presidente del Comité Fiscal del IMEF, indicó que la cifra máxima que se podrá litigar en este organismo será de 530 mil pesos.
Víctor Hugo González, director de Defensa Tributaria.com, consideró “que a pesar de la instalación de la Procuraduría del Contribuyente no hay sanciones para las autoridades fiscales por solicitar o multar de manera indebida a los contribuyentes. Debería haber una ley de los derechos del contribuyente más explicita, pues sólo nos dice que tenemos derecho a ser informados y cosas por el estilo, lo cual es una obligación implícita. Debería atender cosas de mayor profundidad”.
Rubén Torres, directivo de Servicios Fiscales y Administrativos, consideró que este Ombudsman fiscal “ayudará a recortar los tiempos de respuesta para el contribuyente. Un ejemplo de ello es lo que pasa en la Procuraduría Fiscal del DF. Ayudará a defenderse de los errores de procedimiento en que incurren las autoridades al entregar las notificaciones de manera inadecuada o en las revisiones que realizan por un periodo mayor a lo estipulado en la ley.”
La Presidencia de la República ha promovido una demanda de controversia constitucional para impugnar los artículos 9 y 12 de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 4 de septiembre pasado.
Los artículos impugnados, se refieren a la designación del titular de la procuraduría y de los integrantes del órgano de gobierno; funciones que debe de realizar esta cámara, en apego a los artículos antes citados.
Por último, el fiscalista, Rubén Torres, señaló que este nombramiento deberá darse lo antes posible para que el contribuyente tenga las instancias a las que pueda recurrir de manera gratuita para atender una situación que considere impropia de las autoridades fiscales.